• enero 6, 2020

Iquique: Tribunal absuelve de cargos de tráfico a hombre que cultivaba cannabis con fines medicinales para su esposa

Iquique: Tribunal absuelve de cargos de tráfico a hombre que cultivaba cannabis con fines medicinales para su esposa

Iquique: Tribunal absuelve de cargos de tráfico a hombre que cultivaba cannabis con fines medicinales para su esposa 1024 576 Fundación Daya

Si bien la persecución de los usuarios medicinales de cannabis continúa en nuestro país, la justicia ha dado señales claras de que el autocultivo en Chile es legal, al absolver de todos los cargos a pacientes injustamente acusado de tráfico, como es el caso del papá de Pichilemu, Rodrigo Barraza, y este otro caso de Iquique, que culminó con la libertad de Domingo Ocaranza. En ambos queda claro que la mera tenencia de plantas no permite suponer tráfico.

Santiago, 06 de enero 2020.- En sólo dos horas de juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique decidió de forma unánime absolver de todos los cargos a Domingo Ocaranza (33), acusado de tráfico de drogas, al constatar que en realidad cultivaba cannabis para el tratamiento médico de su mujer, la abogada Carolina Vázquez (45), diagnosticada con cáncer y hepatitis crónica.

La sentencia favorable llegó el 27 de diciembre de 2019 –tres días después de la absolución de Rodrigo Barraza (31) el papá de Pichilemu que cultiva para su hijo Léon (9) con TEA-. Los jueces desestimaron los cargos que se le formularon a Ocaranza como autor del delito de sembrar, plantar, cultivar o cosechar cannabis sin la debida autorización, descrito y penado en el artículo 8 de la Ley 20.000.

“Los magistrados reconocieron que si bien nuestro cultivo estaba a cargo de Domingo, yo era la beneficiaria. Este fallo nos ha validado como usuarios medicinales. Estamos agradecidos por la compresión de los jueces, pero ha sido un proceso difícil, un año entero de incertidumbre en espera del juicio oral, nos quitaron las flores de cannabis, nos quedamos sin tratamiento y yo estoy con una angustia tremenda que recién se está pasando con esta absolución. Esta persecución es criminal, si supieran el daño que nos hacen a todos quienes necesitamos cultivar para obtener nuestra medicina. Es un crimen basado en la ignorancia y el miedo”, dijo al teléfono desde Iquique, Carolina Vázquez.

La paciente está hace cuatro años en tratamiento con cannabis, tras conocer a Fundación Daya y su labor. Las mejorías fueron notorias, hasta la violenta interrupción de su tratamiento con el decomiso de las plantas, la mañana del 21 de enero de 2019; la detención y formalización de Domingo, tras la denuncia de un pariente. La familia critica el desconocimiento de Carabineros en el procedimiento, al no poseer información sobre la existencia de los cultivos medicinales.

“Estoy saliendo de un cáncer y hepatitis crónica, estuve en la lista nacional de prioridad de trasplantes por más de 13 años y gracias a la terapia cannábica he salido de todos los programas de salud en los hospitales, he ido evolucionando sólo gracias a la marihuana, no fue necesario el trasplante, desapareció una enfermedad catastrófica”, agregó. Por otra parte, Domigo trata un uso problemático de cocaína con cannabis, con buenos resultados.

La defensa, a cargo de la abogada Ximena Araya, logró demostrar que las 31 plantas que mantenía en un balcón del segundo piso de la residencia, en sus respectivos maceteros, estaban destinadas a su uso personal, exclusivo y próximo en el tiempo.

En la sentencia comunicada en audiencia del 31 de diciembre, se puede leer que “La evidencia analizada no ha permitido establecer como cuestión cierta, que las plantas mantenidas por el acusado en su residencia estaban destinadas al tráfico, sea facilitando o comercializando la cannabis a terceros, conducta que no puede presumirse del solo hecho de mantenerse dichas especies sin la autorización correspondiente, circunstancia que, además, no se encuentra mencionada en la acusación y tampoco está amparada, más allá de toda duda razonable, con la prueba que se produjo”.

Cabe destacar que el supuesto daño a la Salud Pública también fue descartado. “No se aprecia, por tanto, en la conducta asentada, el peligro que pueda generarse a la salud pública, teniendo en consideración que gran parte de la prueba de la defensa demostró el consumo personal del acusado para fines medicinales, incluso con prescripción médica de dosis, bajo la preparación que el mismo imputado realizaba”.

Esta pareja de Iquique, está ahora gestionando la creación de un cultivo comunitario, con el grupo que lidera Ocaranza, Mingus, vinculado a a la experiencia sobre el consumo y uso de la cannabis para fines terapéuticos. Mientras rehacen su vida con la apertura de un café.

Desde Daya, esperamos que este nuevo fallo positivo sea una alerta más para terminar con la injusta criminalización de los usuarios, así como con el absurdo derroche de recursos públicos que implican estos largos procesos. Reiteramos que el cultivo para consumo personal de cannabis (incluyendo el uso medicinal) está despenalizado desde el año 2015.