• abril 5, 2022

Usuaria de Cannabis Medicinal absuelta y Ministerio Público pagará costas del juicio

Usuaria de Cannabis Medicinal absuelta y Ministerio Público pagará costas del juicio

Usuaria de Cannabis Medicinal absuelta y Ministerio Público pagará costas del juicio 1024 682 Fundación Daya

El Tribunal de Pichilemu dictó sentencia en el juicio en contra de Pamela Navarro, madre, actriz y activista social de la Región de O’Higgins, perseguida por su uso medicinal de Cannabis.

Tras un proceso judicial que duró cerca de dos años, Pamela Navarro fue absuelta de todos los cargos en su contra en el marco de la Ley 20.000.

Durante el proceso contó con el patrocinio de la Defensoría Penal Pública (DPP), la colaboración de la Clínica Jurídica de Fundación Daya y el apoyo de la fundadora de la organización y actual diputada, Ana María Gazmuri.

El Ministerio Público, además, fue condenado a pagar las costas del juicio, ya que el juez consideró que “en la presente causa no existen razones fundadas para eximir al persecutor del pago de las costas. De lo razonado previamente en esta sentencia, en especial en el considerando anterior, queda de manifiesto que el Ministerio Público sostuvo un requerimiento respecto de un hecho impune”.

Debemos recordar que, tras una denuncia por parte de su expareja y padre de sus hijos, la policía allanó el domicilio de Pamela, quien contaba con su receta y recién comenzaba un cultivo indoor medicinal para tratar jaquecas y artrosis de rodilla.

“He vivido un proceso muy largo de mucha desolación, angustia y dolor. Desde el momento en que fui allanada perdí todo, y no solo yo, sino que también fueron dañados mis dos hijos. Fueron casi dos años terribles y oscuros, donde tengo que reconocer que Anita (Ana María Gazmuri) estuvo presente siempre, más allá de abogados, el juicio, la fundación”, declaró Pamela Navarro tras el término del juicio.

Para la Diputada Ana María Gazmuri, el “resultado demuestra una vez más que el cultivo personal, en este caso medicinal, no es un acto punible. Más aún, está en el ámbito de nuestra autonomía y soberanía personal. Resulta absurdo que personas como Pamela y tantas más, totalmente alejadas de la criminalidad, se vean sometidas a esta intromisión en sus vidas privadas, a esta ensañada persecución. Más aún cuando esto se da en el marco de violencia machista”.

“Una vez más los tribunales confirman la tesis de que la tenencia de plantas que van a ser usadas para un tratamiento médico corresponde a una tenencia absolutamente no punible; así lo demostró en el juicio el defensor penal público Jorge Araneda, con el apoyo de la Clínica Jurídica de nuestra Fundación”, explicó el abogado Hernán Bocaz.

Hoy Pamela siente que por fin puede volver a respirar, estar tranquila y reconstruirse ella y su vida junto a sus hijos. De acuerdo a lo que señaló, durante todo el proceso judicial fue acosada por personal policial de la localidad donde reside, atemorizando con su presencia el diario vivir de esta joven madre y actriz y, generando así, un constante temor a un nuevo allanamiento o vulneración.

La diputada Ana María Gazmuri complementa que “tal como lo señalé durante el juicio en mi calidad de testigo, esto está cambiando y debe seguir cambiando, con un nuevo gobierno feminista y que incorpora perspectiva de género en todas los ámbitos, y un compromiso estricto con los Derechos Humanos, lo que no ocurrió durante el gobierno de Piñera, el que generó una verdadera crisis debido a la masiva criminalización de usuarias y usuarios. Por otra parte, el trabajo colaborativo entre la Defensoría Penal Pública y Fundación Daya ha permitido tener ya muchos triunfos judiciales que celebrar, pero el objetivo es que dejen de existir estos procesos tan vulneratorios y por fin se respete a quienes cultivan cannabis para uso personal. A eso se comprometió nuestro presidente, Gabriel Boric”.

En ese sentido, el abogado defensor Jorge Araneda manifestó la satisfacción absoluta de la Defensoría Penal Pública con “lo dispuesto por el Tribunal de Pichilemu, que absolvió a la imputada de los cargos formulados en esta causa, ya que recogió todos los criterios asentados en cuanto al uso del Cannabis para fines medicinales”, destacando que, “en este caso, la imputada presentaba un cuadro médico acreditado y el Cannabis solo venía a ayudar para paliar sus dolores”.

En el fallo se lee: “(…) la requerida acreditó que la finalidad de la siembra y tenencia de cannabis sativa era la de ser utilizada en un tratamiento médico”. El veredicto es rotundo y marca el cierre de un proceso amargo para su protagonista, que hoy solo busca dejar atrás esos momentos.